Más trabas a las exportaciones de granos, carne y lácteos: qué se tiene que hacer ahora para poder vender al exterior

Mientras se aguardan detalles de las medidas anunciadas la semana pasada para la exportación de carne vacuna, el ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, que conduce Luis Basterra, publicó este miércoles la Resolución 60/2021, a través de la cual regirán mayores exigencias a los operadores del comercio exterior que deben estar inscriptos en el Registro de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA), que depende de la cartera agropecuaria.
La norma exige la presentación de una enorme cantidad de documentación, mucha de ella ya disponible en otras dependencias del Estado, como paso previo a poder vender al exterior carne vacuna, lácteos y granos. Los especialistas sostienen, que “los requerimientos aplican a nuevos sujetos que quieran exportar, atentando contra cualquier nueva iniciativa de una pyme y generando mayor concentración”.
"Hace falta bajar el arancel externo común, abrir el comercio y firmar acuerdos con más mercados para generar empleo local", señaló el exministro de Agroindustria de Argentina, Luis Miguel Etchevehere. Con él comenzamos #TiempodeCambio, por @610Rural pic.twitter.com/lkgwGGexXo
— Blasina y Asociados (@BlasinayAsoc) March 29, 2021
Pero según explican en el Gobierno la resolución de este miércoles tiene como objetivo de establecer controles sistémicos y evitar el ingreso al mercado de operadores comercialmente desleales. En la misma constan los numerosos nuevos requisitos que deberán cumplir los exportadores:
- Informar las ventas que planean hacer en el próximo año. Los exportadores de granos, leche y carnes que no cuentan con planta propia tienen que presentar “un plan de trabajo proyectado para el próximo año, con detalle de mercadería a exportar, volúmenes, proveedores y destinos” para conseguir matrícula como exportador.
- Información financiera para probar solvencia. Además, para demostrar solvencia, “los interesados en exportar deberán informar el detalle de cuentas bancarias con las que opera, movimientos bancarios de los últimos 6 meses y líneas de financiamiento otorgadas por las entidades informadas”.
- Presentar una constancia que el Banco Central ya les exigía. Por otro lado, hay un requisito puntual para los exportadores que se trata de presentar una constancia de ingreso de divisas del último año, en el caso de haber realizado una operación con el mercado externo.
- Informar destalles sobre sus empleados y salarios pagos. También se exige a los exportadores que presenten un listado del personal en relación de dependencia, informar sobre la compañía aseguradora de riesgos de trabajo contratada y constancia de las entidades bancarias donde se depositan los haberes de los trabajadores.
- Presentar balances. Otro de los requisitos será la presentación del “último estado contable certificado, para las Personas Jurídicas y Manifestación de bienes actualizada y certificada para las Personas Humanas o socios y/o accionista para el caso de Personas Jurídicas de reciente constitución”.
- Verificar que las empresas a las que compran cumplan con estos mismos requisitos. En el caso de la exportación de ganados y carnes, la resolución también establece que “los titulares de los establecimientos matriculados que presten servicios de exportación a terceros matriculados en este registro, serán mancomunada y solidariamente responsables por los incumplimientos de los requisitos y demás condiciones establecidas en la normativa”.