Hijos de puta: la UCR logró incorporar a la protesta sindical como motivo de despido

Luego de varias semanas de debate del proyecto de Ley Bases, que ya obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados de la Nación, el plenario de comisiones del Senado emitió un dictamen final y se espera que en la próxima semana le den luz verde en el Congreso. Hubo varias presiones para modificar diversos articulados, entre ellos, lo referido a la Reforma Laboral.
En ese marco, el bloque de la Unión Cívica Radical (UCR) logró incorporar un punto que había quedado por fuera en el proyecto original: la participación en una protesta sindical puede ser causa de extinción de relación laboral. Se trata de un endurecimiento de la Reforma Laboral, enviada por el bloque de La Libertad Avanza.
Los cambios de la ley bases son para empeorarla el pedido es por parte de la nefasta UCR imagínense que hay desde despidos hasta pagarse uno los aportes ganando quién sabe cuánto? Ésto está tan mal que creo que ni siquiera el peor empleador del mundo la podría aplicar
— mecanismo de lucha (@FariisMeDicen) June 4, 2024
Senadores @SenadoArgentina@Senadores_UxP
— Camila Lomonaco (@camilalomonaco) June 3, 2024
Esto ya es demasiad.
Es inconstitucional porque el derecho a huelga está en la Constitución Argentina.
La UCR logró su cometido y en la Ley Bases se incorporó a la protesta sindical como motivo de despido con causa a los trabajadores…
En detalle, el artículo 17, que sustituye el artículo 242 de la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo por otro que dice que “podrá configurar grave injuria laboral, como objetiva causal de extinción del contrato de trabajo, la participación activa en bloqueos o tomas de establecimiento”.
El texto que debatirán los senadores agrega que “se presume que existe injuria grave cuando, durante una medida de acción directa: a) se afecte la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas; b) se impida u obstruya total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento; c) se ocasionen daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros situadas en el establecimiento (instalaciones, mercaderías, insumos y materias primas, herramientas, etc.) o se las retenga indebidamente”.
A su vez, señala: “previo al distracto, el empleador debe intimar al trabajador al cese de la conducta injuriosa, excepto en el supuesto de daños a las personas o cosas previsto en el inciso c), donde la producción del daño torna inoficiosa la intimación”.
Cabe aclarar que la figura difusa y discrecional del “bloqueo” se instaló mediáticamente para criminalizar las protestas sindicales. Se trató de una acción promovida en un primer momento por el PRO, a través del Movimiento Empresarial AntiBloqueos. Luego, el libertarismo también se sumó a dicha perspectiva. Se espera que los puntos referidos a la reforma laboral sean llevados a la justicia, y se debate en ese ámbito para definir su alcance y su pertinencia.