Editorial
Soberanía sin números

Milei en modo Maduro, pero de la derecha: el festival de privatizaciones a la vuelta de la esquina

El presidente Javier Milei. (Dibujo: NOVA)

Tras más de un mes de la sanción en el Congreso, el presidente Javier Milei reglamentó este lunes el capítulo III de la Ley Bases y de esta manera, empieza el proceso de privatización de empresas públicas que espera concretar en los próximos 6 meses empezando con 4 centrales hidroeléctricas: Alicurá, Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Aguila.

El Gobierno también avanzó esta semana con la reglamentación de los capítulos dedicados a la reforma en los contratos de obra pública, creando un nuevo sistema a la "chilena" que contempla la renegociación o rescisión de los contratos de obras públicas y de provisión de bienes y servicios superiores a los 10 millones de pesos, que hayan sido celebrados antes del 10 de diciembre de 2023.

En tanto, según informó a la prensa una fuente de la Casa Rosada, la reglamentación del Régimen de Incentivos para Grandes inversiones (RIGI) deberá esperar para su reglamentación en el Boletín Oficial hasta este viernes o el lunes de la semana próxima, ya que equipos del Gobierno todavía terminan de definir los detalles de diferentes artículos que generaban controversias.

El nuevo sistema de concesión de obras públicas

El decreto 713/24 firmado por Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, y Economía, Luis "Toto" Caputo, plantea como excepción a los contratos cuya ejecución fuera del 80 por ciento al momento de la sanción de la ley o que cuenten con financiamiento internacional.

El ministro Sturzenegger salió a defender la medida en un mensaje en su cuenta oficial en la red social X.

El tuit reposteado por el presidente Milei, señala que "tienen como propósito brindar mayor seguridad jurídica a las inversiones que se requieren, al igual que incentivar la presentación de iniciativas privadas para el desarrollo de infraestructuras públicas".

Primero, las concesiones podrán tener un plazo variable. Esto quiere decir que la concesión es hasta que se recupera la inversión. Este sistema es muy utilizado en Chile y fue inventado por Eduardo Engel, un reconocido economista de ese país.

Si la obra es exitosa el plazo se acorta porque el recupero se concretará más rápido. En cambio, si la obra es menos redituable, el plazo se extiende. De esta manera el concesionario no asume un riesgo de “demanda” y al reducirse puede ofrecer mejores condiciones.

Segundo, se permiten mecanismos automáticos de actualización. Se podrá concesionar, por ejemplo, en UVAs. Se protege así la ecuación económica del proyecto, pero sobre todo se evitarán redeterminaciones que siempre generaban una oportunidad para la corrupción.

Tercero, la Ley Bases permite la ejecución de concesiones de Proyecto-Precio donde la ingeniería del proyecto queda en manos de los oferentes. Con este mecanismo se puede acelerar la ejecución en dos o tres años respecto del sistema tradicional.

Finalmente, se permite en el pliego determinar el mecanismo de resolución de controversias, lo que aporta seguridad jurídica y, por lo tanto, menores costos para el Estado.

¿Cómo serán las primeras privatizaciones de Milei?

Según el decreto 718/24 publicado en el Boletín Oficial el Gobierno reglamentó el capítulo de privatización y licitación para la concesión de 4 empresas de energía electrica, entre las primeras figuran: Alicurá, Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Aguila.

Las empresas que están siendo operadas con prórrogas transitorias desde el año 2023, podrán seguir siendo operadas durante 90 días hasta 1 año por las actuales concesionarias, hasta que se definan a las nuevas operadoras de no conseguirse un comprador en este plazo, las acciones volverán a manos del Estado.

El artículo 6 indica que “dentro de los ciento ochenta (180) días corridos siguientes a la entrada en vigencia del presente la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía llamará a Concurso Público Nacional e Internacional, competitivo y expeditivo, con el fin de proceder a la venta del paquete accionario mayoritario o controlante” de las empresas indicadas.

La norma establece que las empresas ENARSA y NASA deberán transferirle a la Secretaría de Energía las acciones de las empresas a privatizar dentro de los próximos 6 meses para formalizar el proceso.

Asimismo, se facultó a la Secretaría de Energía a fijar las pautas del Concurso Público Nacional e Internacional que deberá incluir el esquema de remuneración de los concesionarios durante el Período de Concesión y como mínimo, los siguientes anexos: (i) Contrato de Concesión, (ii) perímetro y descripción, (iii) inventario, (iv) seguridad de presas, embalses y obras auxiliares; (v) normas de manejo de aguas; (vi) guardias permanentes; (vii) protección del ambiente; (viii) seguros; (ix) obras y trabajos obligatorios.

En caso que el proceso de privatización quede desierto, las acciones volverán al Estado nacional.

El artículo 1 del decreto también estableció que los actuales concesionarios de estas hidroeléctricas seguirán operándolas hasta que se complete el proceso de privatización.

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