Caso Nahir: la defensa presentó un recurso de interposición in extremis con planteo de inconstitucionalidad
Tras la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de no estudiar el fallo a prisión perpetua contra Nahir Mariana Galarza, la mujer más joven en recibir tal condena, y ampararse en su facultad de dictar el Art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial que le permite no tratar y fundamentar ciertas cuestiones, no tardó el llegar una dura crítica por parte de la defensa técnica jurídico-mediática de la joven condenada.
Quien primero se pronunció es el manager de medios, y autor del libro "El Silencio de Nahir, Crónica de un Linchamiento Mediático", Jorge Zonzini que sostuvo "no me sorprendió su accionar. La Corte Suprema se orinó y demostró su estructura obsoleta y patriarcal perdiéndose la oportunidad de enseñarle a la sociedad y fundamentando cada ítem sobre si a Nahir la condenó una justicia machista, patriarcal, misógina y arbitraria o si, por otro lado, se trató de un caso record donde una mujer adolescente fue condenada en tan solo seis meses con claras intenciones de demostrar que la mujer también mata e instalar el primer machicidio de la argentina como contracara absurda de los femicidios o, si finalmente, tal condena fue producto de un accionar de brillantez jurídica. Es importante que la gente no sea engañada: la Corte no confirmó ningún fallo, sino que con un artículo medieval como el Art. 280 se lavó las manos, no se metió, y deja que otro decida".
La Corte Suprema desestimó el recurso de Nahir Galarza contra la sentencia que dispuso su condena perpetua
— Adrian (@DrRousseau) July 7, 2024
El máximo tribunal, por aplicación del artículo 280 del Código Procesal, declaró inadmisible la impugnación. De este modo, queda firme la decisión que condenó a la joven a… pic.twitter.com/5PLcUjRbCO
Por otro lado, la defensa de Nahir Galarza, integrada por los doctores José Ostolaza y Pablo Sotelo, interpusieron un Recurso de Reposición In Extremis con un planteo de inconstitucionalidad del Art. 280, mientras preparan la presentación ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José de Costa Rica.
Según trascendió se ha sumado como nuevo hecho el fallo de la justicia entrerriana que confirmó el uso de pericias apócrifas y por el cual la perito Gabriela Laiño le ganó 14.000.000 pesos al Estado entrerriano por haber sido obligada a peritar como "informática" los celulares de Galarza y Facundo Pastorizzo sin ser especialista. Laiño es Bromatóloga y acusó a los fiscales del caso, Sergio Rondoni Caffa y Lisandro Beheran, de obligarla a elaborar actas apócrifas contra la joven condenada.
Además de la denuncia ante la CIDH por los incumplimientos de los convenios firmados por Argentina en materia de Violencia de Género y Protección de la Mujer (Belem Do Para, 1994) este nuevo y reciente fallo sería la puerta para la anulación del juicio ya que, si una pericia es apócrifa, como el flamante fallo firme contra Entre Ríos lo confirma, todas las demás pericias quedan viciadas de nulidad.