Populismo y nada más: la Corte Suprema habilitó a los presos con condena firme a votar
La Corte Suprema de Justicia dejó firme este miércoles 16 de febrero el fallo emitido por la Cámara Nacional Electoral en 2016, en el cual se garantiza el derecho al voto para aquellas personas que se encuentren condenadas en causas penales.
El máximo tribunal ratificó dicha resolución luego de que un preso reclamase, a través de una defensoría pública, "estar siendo impedido de ejercer su derecho a sufragar". Frente a ello, instó al Congreso a resolver la situación con la "mayor brevedad".
La Corte Suprema falló a favor de habilitar el voto para los presos con condenas firmes https://t.co/F5KZDnSZlg
— Mirando la Hidrovía (@MHidrovia) February 17, 2022
De la misma manera lo había hecho la CNE, quien pidió tanto a la Cámara de Diputados como de Senadores tratar una ley que contemple las diferentes situaciones de estos individuos. Sin embargo, a cinco años del pedido, no hubo todavía una respuesta.
El más reciente fallo dejó en pie la decisión de la Cámara Electoral, en la que ésta declaraba la inconstitucionalidad del artículo 3, incisos e, f y g, del Código Electoral Nacional y de los artículos 12 y 19, inciso 2, del Código Penal en cuanto prevén la privación del derecho.
Antes de 2002, los detenidos estaban dentro de las personas excluidas del sufragio por el Código Nacional Electoral y el Código Penal. Fue el fallo “Mignone”, impulsado por el CELS y dictado por la Corte, quien habilitó a los procesados a sufragar en 2007.
Sin embargo, y aun así, no podían ejercer aquel derecho quienes tuviesen una condena firme. No fue hasta 2016 que la Cámara Nacional Electoral declaró inconstitucional esa prohibición y, como fue antedicho, pidió al Congreso que modifique la ley.








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