
Por Miguel Angel De Renzis, especial para NOVA
Existen en sectores de la oposición y de la prensa canalla una manifiesta voluntad destituyente. No es nuevo en la Argentina. Producido el golpe de estado de 1930, más allá de los graves errores del gobierno radical que incluyeron la semana trágica, la Patagonia rebelde y la crisis laboral, social y económica, hubo una intención de legalizar lo ilegal.
Cuatro días después del golpe, el 10 de septiembre de 1930, la Corte Suprema integrada por José Figueroa Alcorta, Roberto Repetto, Ricardo Guido Lavalle y Antonio Sagarna, producen la siguiente acordada convalidando el golpe.
1. Que la susodicha comunicación pone en conocimiento oficial de esta Corte Suprema la constitución de un gobierno provisional, emanado de la revolución triunfante del 6 de Septiembre del corriente año.
2. Que ese gobierno se encuentra en posesión de las fuerzas militares y policiales necesarias para asegurar la paz y el orden de la nación y, por consiguiente, para proteger la libertad, la vida y la propiedad de las personas, y ha declarado además, en actos públicos que mantendrá la supremacía de la constitución y de las leyes del país, en el ejercicio del poder.
3. Que tales antecedentes caracterizan, sin duda, un gobierno de hecho en cuanto a su constitución, y de cuya naturaleza participan los funcionarios que lo integran actualmente o que se designen en lo sucesivo, con todas las consecuencias de la doctrina de facto, respecto de la posibilidad de realizar válidamente los actos necesarios para el cumplimiento de los fines perseguidos por él.
4. Que esta Corte ha declarado, respecto a los funcionarios de hecho, que la doctrina constitucional e internacional se uniforman en el sentido de dar validez a sus actos, cualquiera que pueda ser el vicio o deficiencia de sus nombramientos o de su elección, fundándose en razones de policía y necesidad, con el fin de mantener protegido al público y a los individuos cuyos intereses pueden ser afectados, ya que no les sería posible a estos últimos realizar investigaciones ni discutir la legalidad de las designaciones de funcionarios que se hallan en aparente posesión de sus poderes y funciones.
5. Que el gobierno provisional que acaba de constituirse en el país, es pues, un gobierno de facto, cuyo título no puede ser judicialmente discutido con éxito por las personas en cuanto ejercita la función administrativa y política derivada de su posesión de la fuerza como resorte de orden y seguridad social.
6. Que ello no obstante, si normalizada la situación, en el desenvolvimiento de la acción del gobierno de facto, los funcionarios que lo integran desconocieron las garantías individuales o las de la propiedad y otras de las aseguradas por la constitución, la administración de justicia encargada de hacer cumplir ésta las restablecería en las mismas condiciones y en el mismo alcance que lo habría hecho con el ejecutivo de derecho. Y esta última conclusión, impuesta por la propia organización del poder judicial; se halla confirmada en el caso por las declaraciones del gobierno provisional, que al asumir el cargo se ha apresurado a prestar el juramento de cumplir y hacer cumplir la constitución y las leyes fundamentales de la nación.
A partir de entonces ha sido violada constantemente la Constitución Nacional.
Con la llegada del gobierno de Juan Domingo Perón, el diputado Rodolfo Decker presenta en nombre del Partido Peronista, el 8 de julio de 1947, un pedido de juicio político a la Corte Suprema por esta acordada.
El 29 de abril de 1947 fueron destituidos los jueces Antonio Sagarna, Roberto Repetto, Benito Nazar Anchorena, Francisco Ramos Mejía y el Procurador de la Nación, Juan Alvarez. Solamente dejaron al miembro de la Corte Tomás Casares que había sido nombrado por Farrell en el 43.
Es decir, que fue el peronismo el que estableció el pleno uso del derecho en respeto a la entonces vigente Constitución de 1853.
Ante la necesidad de que el país tuviese una amplitud en derechos y garantías, se propuso una convención constituyente elegida por el voto ciudadano.
Los congresales aprobaron y sancionaron la Constitución de 1949. La primera en el mundo en establecer los derechos humanos en una carta magna. Derechos del trabajador, de la niñez, de la mujer, de la ancianidad, una Constitución que fue modelo para el establecimiento en el mundo de los derechos humanos.
Producido el golpe de 1955 los que no podían conseguir los votos para derrocar a Perón, consiguieron las botas. Y esta vez se aseguraron echar a todos los jueces.
Eduardo Lonardi, el primer dictador del golpe, firmó el decreto 415 el 6 de octubre de 1955, cesanteando desde la Corte Suprema a todos los jueces del país.
Otra vez un gobierno de facto manoteaba la Constitución, las leyes y la Corte. Y nombró la dictadura a Alfredo Orgaz presidente y a los siguientes integrantes de la Suprema Corte: Manuel Argañaraz, Enrique Galli, Carlos Herrera y Jorge Vera Vallejos y a Sebastian Soler como Procurador General. La Corte fantoche de la fusiladora juró el 7 de octubre de 1955.
Cuando llegó Frondizi a la presidencia, confirmó a Orgaz en la Corte Suprema. Pero algo mucho más grave iba a ocurrir el 27 de abril de 1956.
Diecinueve infames traidores a la Patria, burlándose del voto de los ciudadanos, se dieron la potestad de derogar la Constitución Nacional.
Para que no nos olvidemos, acá están sus apellidos: Aramburu, Rojas, Osorio Arana, Busso, Podestá Costa, Hartung, Krause, Martínez, Llamazares, Blanco, Alsogaray, Del’Oro Maine, Bonet, Migone, Mendiondo, Mercier, Ygartua y Landaburu.
En esta nómina hay varios radicales y también del Partido Conservador como el caso de Luis Agustín Podestá Costa, el abogado que usurpó el cargo de Ministro de Relaciones Exteriores y que todavía se usa en la Universidad como referencia de sus escritos sobre derecha internacional.
Este y varios abogados que integraron ese grupo que se creyó elegido para voltear una Constitución, merecen el doble de repudio. Y así llegamos al golpe del 76, otra vez repitiendo el abuso de cesantear a la Corte Suprema, elegida durante el gobierno democrático.
Pero algo más grave ocurrió porque esta vuelta, en lugar de cesantear a los jueces, los hicieron jurar por el estatuto de la Revolución, antes que por la Constitución Argentina.
La llegada de Alfonsín contrariamente a reprobar la actitud de los jueces, pactó entregándole los jueces laborales al peronismo, quedándose con los civiles y penales.
Con la llegada de Carlos Menem se produce otro hecho insólito, por el caso Aerolíneas se inventa la figura del “per saltum”. Hasta ese momento no existía. El 14 de noviembre de 2012, el Parlamento sanciona la Ley 26.790
Incorporando en el artículo 257 el per saltum, firmando por el Senado la tucumana Beatriz Alperovich y Julian Dominguez por Diputados, institucionalizando algo que no existía.
Para no hacerlo muy largo. Mientras los radicales participaron de los golpes de estado, el peronismo le hizo juicio político a la Corte Suprema que aprobó el golpe contra Yrigoyen.
Mientras el Justicialismo estuvo proscripto 18 años, cada vez que el peronismo puso los votos se los invitó a participar. Mientras sus senadores a los gritos se oponían a los derechos femeninos, Perón, el verdadero padre de la democracia argentina, le dio el derecho a la mujer a elegir y a ser elegida.
Mientras el grueso de radicales participó del nefasto periodo de Macri y el peronismo soportó en silencio como corresponde la decisión popular, hoy trabajan a full con los trolls y la convocatoria desestabilizadora.
Nos conocemos todos y sabemos quiénes somos.
Yrigoyen no terminó. Frondizi tampoco. Illia se fue antes. Alfonsín con la hiperinflación, se fue seis meses antes de terminar. De la Rúa en helicóptero y lleno de muertos.
Pero detrás de cada incendio que dejaron siempre hubo un bombero peronista para apagarlo. Ustedes nacieron en el Parque tirando tiros. Nosotros el 17 de octubre pidiendo la libertad.
La seguimos el lunes a las 6 por AM 650 Radio Belgrano.