Judiciales y Policiales
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Chaco: marcha de silencio ante el tribunal que juzga a maestra y auxiliar por la muerte de un bebé

El Jardín Maternal "Primeras Huellitas", en el ojo de la tormenta.

Familiares y allegados a un bebé de siete meses que en 2017 murió en una guardería de la localidad chaqueña de Charata marcharán este miércoles al juzgado en el que se está desarrollando el juicio a una docente y la auxiliar del establecimiento. El debate culminará el próximo martes 17 de diciembre cuando la jueza correccional Estela Amelia Ponce dé a conocer su veredicto.

"Vamos a hacer una marcha de silencio frente al juzgado a partir de las 19 para pedir pacíficamente Justicia por la muerte de nuestro hijo Martín Petroff", dijo Patricia Címbaro Canella, madre de la víctima y abogada en la causa.

Por el hecho ocurrido el 14 de marzo de 2017, la propietaria y docente del jardín maternal "Primeras Huellitas", Tamara Ayelén Barros, y la auxiliar Norma Magdalena Díaz están imputadas por el delito de "homicidio culposo".

En sus alegatos, la fiscalía y la querella coincidieron en sostener la responsabilidad de la docente y auxiliar por el fallecimiento del bebé por bronco aspirar el alimento que recibió, mientras que la defensa de las acusadas solicitó la absolución de culpas y cargos de ambas mujeres.

La fiscal Heidi Yohanna Reinoso pidió 5 años de prisión efectiva para la docente Barros, su inhabilitación por 10 años para el ejercicio de la profesión y la clausura del Jardín Maternal.

La querella, a cargo de Címbaro Canella y que ejerce como jueza en lo Civil, Comercial y Laboral de Charata, coincidió con el criterio punitivo de la representante del Ministerio Público Fiscal sobre el accionar de la docente Barros.

En cambio hubo diferencia en el pedido de pena para la auxiliar Díaz porque la fiscal Reinoso requirió 3 años de prisión y la querella solicitó 5 años de reclusión, que es la pena máxima para el delito por el que se la juzgó.

Luego de los alegatos, la fiscal Reinoso dijo que "se pudo acreditar que el bebé murió por asfixia mecánica por obstrucción de las vías áreas por un contenido de tipo alimentario".

A la vez señaló que en el caso fue evidente "el incumplimiento del deber objetivo de cuidado del niño" y "la falta de personal idóneo" para atender a niños de esa edad.

En tanto, el abogado defensor de las imputadas, José María Bielsa, solicitó la absolución de Barros y de Díaz porque consideró que "el bebé fallecido padecía una enfermedad pulmonar que se comprobó en la autopsia y el hecho pudo haber ocurrido en ese lugar (el jardín maternal) o en otro".

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