Revés judicial para el Gobierno: la reducción de Ganancias y el IVA no podrán afectar las arcas provinciales

La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que el costo fiscal de las medidas anticrisis adoptadas por el presidente Mauricio Macri, que incluyen una reducción del IVA a algunos productos y un aumento del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, no podrán afectar las arcas provinciales, ya que se trata de impuestos coparticipables.
El fallo es la respuesta a una presentación de 15 distritos provinciales gobernados por la oposición que acudieron a la justicia cuando el gobierno nacional anunció una batería de medidas con un alto costo fiscal, que no iba a ser afrontado con fondos federales sino con una reducción de la recaudación coparticipable.
Coparticipación Federal: la Corte Suprema frenó dos decretos de @MauricioMacri a pedido de 15 provincias https://t.co/EXqzx6gTs3 vía @LANACION
— Hugo Alconada Mon (@halconada) October 1, 2019
El resultado de la votación en la Corte es también indicador de la relación de fuerzas, ya que el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, quedó en franca minoría ante el voto de Ricardo Lorenzetti, Juan Maqueda y Horacio Rosatti, y la ausencia de Elena Highton de Nolasco.
El fallo dispone una cautelar para que los decretos 561 y 567 no afecten las finanzas de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán, que tenían esos recursos presupuestados desde comienzos de este año.
Si bien queda por resolver la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de esos decretos, el primer paso del tribunal superior es indicarle al Ejecutivo nacional que no puede disponer arbitrariamente de recursos que ya estaban comprometidos con las provincias, por lo que deberá absorber el costo con fondos propios.
El tribunal consideró que en caso de avanzar con el recorte de los fondos el daño a las finanzas provinciales “podría resultar irreparable, en la medida en que los fondos que se dejan de percibir fueron presupuestados por la Hacienda provincial y se encuentran comprometidos a la ejecución de políticas públicas en curso, algunas de ellas de carácter social, lo que evidencia la necesidad de acceder a la pretensión cautelar”.